Lo mejor es dejar a un lado a los hijos, es decir, que no formen parte del conflicto.
Los niños tienen derecho a una pensión acorde a sus necesidades y a las posibilidades de quien debe darlos. (Ambos padres están obligados)
La esposa (o concubina) tiene derecho a una pensión alimenticia.
Los niños tienen derecho a convivir con ambos padres
La señora debe tener perfectamente localizado al señor, es decir, domicilio particular y laboral (es recomendable conservar una foto de él)
El señor debe pagar pensión alimenticia, de preferencia mediante depósito bancario en una cuenta a nombre de la señora (en su defecto tener recibo de las cantidades que entrega).